La Justicia rechazó el amparo ambiental y avaló la exploración minera en Malargüe

El perdido

En un cierre de año atravesado por definiciones clave en los tribunales mendocinos, la estrategia judicial de las organizaciones ambientalistas sufrió un duro golpe. Este 30 de diciembre, mientras la provincia comenzaba a hacer el balance de 2025, el Tribunal de Gestión Asociada – Tercero rechazó un amparo central y, con su fallo, terminó de consolidar el rumbo político y productivo impulsado por el gobierno de Alfredo Cornejo en el sur provincial.

La sentencia, firmada por la jueza María Angélica Gamboa, desestimó la acción de inconstitucionalidad presentada por la Fundación Cullunche junto al abogado Eduardo Sosa, quienes buscaban frenar la aplicación de la Ley 9.588. Esa norma fue la que habilitó, meses atrás, las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) de los primeros 34 proyectos de exploración incluidos en el Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO).

El fallo cayó como un balde de agua fría para los demandantes. En su resolución, la magistrada fue categórica al afirmar que no se acreditaron irregularidades sustanciales en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Según la Justicia, el desacuerdo técnico o conceptual de los ambientalistas con las conclusiones oficiales no alcanza para configurar una ilegalidad, sino que expresa una diferencia de criterio frente a los organismos especializados que ya habían evaluado y aprobado los proyectos.

Uno de los puntos más débiles de la demanda, según el tribunal, fue la falta de individualización del daño ambiental. La jueza cuestionó que se intentara impugnar en bloque a los 34 emprendimientos con argumentos generales, cuando cada proyecto —como El Perdido, impulsado por la firma canadiense Kobrea— cuenta con su propio expediente, estudios específicos y características técnicas particulares. En esa misma línea, el fallo también desestimó la legitimación activa de Eduardo Sosa como coactor, al considerar que no logró demostrar una afectación directa o indirecta que lo habilitara a accionar en defensa del interés colectivo.

Con esta resolución, la Justicia mendocina respaldó el esquema de control estatal diseñado para la etapa inicial de exploración. La sentencia subraya que las actividades autorizadas son de carácter progresivo y están sujetas a la supervisión permanente de la Unidad de Gestión Ambiental (UGA), organismo que tiene la facultad de revisar y actualizar los controles año a año, de acuerdo con la evolución de los trabajos y los resultados obtenidos.

Mientras las organizaciones ambientalistas analizan cómo recalcular su estrategia —que incluía también presentaciones ante la Justicia Federal y eventuales recursos ante la Corte Suprema—, el Gobierno provincial recibe un fuerte alivio político y jurídico. El fallo no solo valida una ley, sino que aporta la previsibilidad que el sector inversor venía reclamando.

De este modo, la habilitación judicial se convierte en el espaldarazo definitivo para que las primeras perforaciones de cobre en el sur mendocino comiencen a tomar forma concreta a partir de 2026, despejando los nubarrones legales que amenazaban con frenar el desarrollo minero en Malargüe, definido por el propio Cornejo como el “motor de la nueva etapa minera de Mendoza”.