El Gobierno Nacional modificó la Ley de Inversiones Mineras y el Banco Nacional de Información Geológica

Mineria de Cobre

En línea con la política de desregulación impulsada por el Gobierno Nacional, el Poder Ejecutivo oficializó cambios clave en el régimen de inversiones mineras a través del Decreto 449/25, en el marco de las facultades delegadas por la recientemente sancionada Ley de Bases. Las modificaciones apuntan a agilizar trámites, reducir la burocracia y optimizar las funciones de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía.

Uno de los puntos más relevantes del decreto es la simplificación del procedimiento de verificación de inversiones realizadas y proyectadas por las empresas. Hasta ahora, el trámite requería el llenado de formularios con más de 1.000 campos de información, de los cuales el 80% no contaba con sustento legal, lo que lo volvía complejo e ineficiente. Con el nuevo esquema, las compañías podrán presentar un informe técnico elaborado por un profesional independiente, aliviando la carga administrativa y facilitando el control por parte del Estado.

Otra modificación significativa es la reforma del artículo 10 de la Ley de Inversiones Mineras (Ley 24.196), que permitirá acortar de manera sustancial los plazos para la emisión del certificado de estabilidad fiscal, un documento clave para las empresas que desean operar bajo este régimen. Hasta ahora, este trámite podía demorar en promedio un año, debido a que se debía compilar información tributaria de distintas jurisdicciones (nacional, provincial y municipal). A partir de ahora, bastará con que el certificado indique la fecha en la que se consagra la estabilidad fiscal, simplificando el proceso sin perder validez jurídica.

En un tercer eje de reforma, el Gobierno corrigió la superposición de funciones entre la Secretaría de Minería y el Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR). El Banco Nacional de Información Geológica, creado por la Ley 24.466, pasará a estar bajo la órbita del SEGEMAR, organismo que ya posee los recursos técnicos y humanos necesarios para el procesamiento y resguardo de los datos geológicos.

A partir de esta nueva disposición, las empresas inscriptas en el Régimen de Inversiones Mineras deberán entregar a la autoridad de aplicación información geológica superficial de las áreas exploradas, la cual será incorporada al Banco de Datos del SEGEMAR. Este sistema busca facilitar el acceso público a información estratégica sobre el subsuelo argentino, promoviendo la transparencia y el conocimiento científico del territorio.

El régimen de inversiones mineras

La Ley 24.196, conocida como Ley de Inversiones Mineras (LIM), tiene como objetivo fomentar el desarrollo del sector minero a través de beneficios fiscales, estabilidad normativa y facilidades para la importación de bienes. Entre los principales incentivos se destacan:

  • Estabilidad fiscal por 30 años, lo que garantiza que la carga impositiva inicial no se incrementará durante ese período.

  • Deducción del Impuesto a las Ganancias, devolución de IVA y amortización acelerada de inversiones.

  • Exenciones en derechos de importación para bienes de capital, equipos e insumos esenciales.

  • Inscripción obligatoria en el Registro de Inversiones Mineras, que gestiona la Secretaría de Minería de la Nación.

Con estas reformas, el Ejecutivo busca “maximizar la eficiencia en la gestión pública” y crear un entorno más favorable para la inversión privada en minería, en un contexto de fuerte impulso al desarrollo del sector como motor económico. Sin embargo, desde sectores ambientales y académicos ya se alerta sobre la necesidad de reforzar los controles ambientales y garantizar la transparencia en la gestión de los recursos naturales.

 

 

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