Ley de Glaciares: organizaciones ambientales piden audiencia pública y proceso participativo en Diputados

Camara de Diputados

Tras la media sanción en el Senado del proyecto que modifica la Ley 26.639, diversas organizaciones ambientales solicitaron a la Honorable Cámara de Diputados que abra un proceso participativo, abierto, inclusivo y federal antes de avanzar con el tratamiento legislativo.

La iniciativa fue impulsada por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el Círculo de Políticas Ambientales, Greenpeace Argentina, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, la Fundación Biodiversidad y Aves Argentinas.

Las entidades reclamaron que se convoque a una audiencia pública con alcance federal y plazos razonables que permitan una participación efectiva de la ciudadanía. Advirtieron que la discusión sobre la protección de los glaciares “no es un debate técnico restringido a especialistas”, sino una decisión que impacta directamente en el acceso al agua, la producción y la vida de millones de personas en todo el país.

Preocupación por un trámite acelerado

Las organizaciones manifestaron su preocupación ante la posibilidad de que el proyecto avance con un tratamiento acelerado en Diputados, tal como —señalan— ocurrió en el Senado. En ese sentido, alertaron que una audiencia pública con tiempos acotados o limitada en su alcance podría convertirse en una instancia meramente formal, desvirtuando su objetivo de garantizar el derecho a la información y a la participación.

La Ley de Glaciares constituye un instrumento de ordenamiento ambiental del territorio destinado a proteger ecosistemas estratégicos que funcionan como reservas de agua dulce y reguladores del clima. Por su naturaleza, sostienen, cualquier modificación debe respetar los mecanismos de participación ciudadana previstos en la legislación nacional y en los compromisos internacionales asumidos por la Argentina.

El marco legal invocado

En el planteo presentado ante Diputados, las organizaciones recordaron que el artículo 10 inciso e) de la Ley 25.675 reconoce al ordenamiento ambiental del territorio como un instrumento clave de política y gestión ambiental.

Asimismo, señalaron que el artículo 21 de esa norma establece que la participación ciudadana debe asegurarse especialmente en las etapas de planificación y evaluación de planes y programas ambientales.

También citaron el artículo 7 del Acuerdo de Escazú, ratificado por Argentina mediante la Ley 27.566 y con jerarquía superior a las leyes, que obliga a garantizar la participación pública en procesos de toma de decisiones, revisiones o actualizaciones en asuntos ambientales con impacto significativo. En particular, el inciso 5 exige que los procedimientos contemplen plazos razonables para una participación informada y efectiva.

Las entidades remarcaron que el propio proyecto de reforma hace referencia expresa al Acuerdo de Escazú y reconoce la necesidad de cumplir con una instancia participativa durante su tratamiento parlamentario.

Advertencia sobre posibles nulidades

En este contexto, las organizaciones advirtieron que avanzar en el trámite legislativo sin garantizar un proceso adecuado de información y participación pública podría configurar un supuesto de ilegalidad y derivar en la nulidad del procedimiento, por incumplimiento de la normativa vigente y de los estándares de democracia ambiental.

Por ello, solicitaron formalmente que antes de continuar con el debate en Diputados se convoque a un proceso participativo amplio y federal, con mecanismos que aseguren la intervención efectiva de ciudadanos y organizaciones de todas las provincias.

“La protección de los glaciares y del ambiente periglacial involucra un bien común estratégico como el agua dulce, y su eventual modificación no puede resolverse sin escuchar a quienes dependen de ella hoy y en las próximas generaciones”, concluyeron.